PASOS PARA CREAR UNA PYME EN CHILE



CREAR UNA EMPRESA  (PYME)


DEFINICIÓN DE CONTRIBUYENTES PYME (PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS)



El Ministerio de Economía clasifica las empresas de acuerdo al nivel de ventas. Considera como Empresas Pequeñas a las que venden entre UF2.400 y UF25.000 al año y como Empresas Medianas las que venden más de UF25.000 al año, pero menos de UF100.000. Esto implica que en términos de ventas anuales se define como PYMES a las empresas que se encuentran en el rango de UF2.400 a UF100.000.


Dentro de este grupo de contribuyentes se pueden considerar: 
  •  Comercio
  •  Industria
  •  Hoteles 
  •  Restaurantes 
  •  Otros 


 EMPRESA EN UN DÍA

Requisitos Generales:

1) TENER CERTIFICADO ELECTRONICO

2) REGISTRARSE EN EL SITIO  www.tuempresaenundia.cl. Cualquier persona puede registrarse e ingresar datos en los formularios, no obstante sólo los socios podrán firmar dichos formularios. Para registrase se debe tener la cédula de identidad a la vista e introducir los datos como allá se soliciten. 

El Registro de Empresas y Sociedades es un registro electrónico creado por la ley 20.659, a través del cual se instaura un Régimen Simplificado que permite, con mayor simplicidad y sin costo, constituir, modificar, transformar, dividir, fusionar, y disolver personas jurídicas (empresas). Con este Régimen Simplificado es posible constituir formalmente una empresa conectándose al sitio www.registroempresas.cl e ingresando los datos de la Sociedad y de los Socios, en un formulario electrónico dispuesto para ello. Luego de ingresado los datos, se debe firmar este formulario. 

EMPRESAS QUE SE PUEDEN CONSTITUIR:

SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
EIRL
SPA
Sociedad Anónima cerrada
Sociedad Anónima de Garantía Reciproca
Sociedad Colectiva Comercial
Sociedad en Comandita Simple
Sociedad en Comandita por Acciones


INICIO DE ACTIVIDADES

  • Para realizar el trámite de Inicio de Actividades, se consideran las siguientes modalidades:  Por Internet, para lo cual debe ingresar al sitio web del SII, menú Registro de Contribuyentes, opción Inicio de Actividades.
  • Por Formulario 4415, Inscripción al Rol Único Tributario y/o Declaración de Inicio de Actividades, en la Oficina del Servicio de Impuestos Internos correspondiente al domicilio del contribuyente. A continuación se entrega información adicional
  • Desde el sitio web del SII, menú Ayuda, opción ¿Cómo se hace para?, sección Registro de Contribuyentes, usted podrá acceder a una descripción paso a paso para dar el Aviso de Inicio de Actividades para personas naturales. 
  • Desde el sitio web del SII, menú Ayuda, opción ¿Cómo se hace para?, sección Registro de Contribuyentes, usted podrá acceder a una descripción paso a paso para dar el Aviso de Inicio de Actividades para personas jurídicas.
  • Formulario 4415: se encuentra disponible en el sitio web del SII, menú Formularios, sección Ciclo de Vida, el que se puede imprimir y presentar en la unidad del SII.

EMISIÓN DE DOCUMENTOS

  • Luego de presentar el Inicio de Actividades, los contribuyentes requieren autorizar los documentos y registros, trámite que dispone de las siguientes modalidades: 
  • Por Internet, para lo cual debe ingresar al sitio web del SII, menú Factura Electrónica, donde encuentra los siguientes sistemas:
  • Sistema de Facturación Gratuita del SII: desde donde se puede acceder a la emisión de documentos tributarios electrónicos, opción Sistema de Facturación Gratuito del SII. 
  • Sistema de Facturación Propio o de Mercado: desde donde debe verificar que su sistema de emisión cumpla con los requisitos establecidos por el SII. 
  • Desde estas aplicaciones se pueden emitir documentos tributarios electrónicos, tales como facturas, guías de despacho, notas de débito y crédito, facturas de compras y liquidaciones facturas, entre otros. 
  • Los documentos que se emiten desde las aplicaciones electrónicas no requieren del trámite manual denominado timbraje de documentos. 

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